Expertos explicaron el alcance del Impuesto Mínimo Global en el régimen uruguayo

En el marco del postgrado en Tributación Internacional que ofrece la Unidad de Maestrías y Postgrados de la Facultad de Derecho, se realizó una conferencia que hizo foco en el Impuesto Mínimo Global (IMG o GloBE, según su sigla en inglés) y sus efectos en el régimen de incentivos fiscales en Uruguay. La sesión estuvo moderada por Carlos Loaiza Keel y contó con la participación de Álvaro Romano (director de la Asesoría Tributaria del Ministerio de Economía y Finanzas) y Leopoldo Parada (profesor de Derecho Tributario en el King’s College de Londres y asesor de política fiscal de diversos gobiernos y organizaciones).
Quien introdujo el encuentro fue Loaiza Keel, director del Postgrado en Tributación Internacional, quien señaló la “radical importancia” de seguir abordando el tema por tres razones principales: primero, porque el GloBE busca neutralizar los incentivos fiscales, y para Uruguay son clave; como demuestra que solo el régimen de zonas francas representa en torno al 6% del PIB de Uruguay y contribuye a la creación de cerca del 4% del empleo del país; segundo, porque aunque Estados Unidos ha decidido cambiar su estrategia, sigue negociando con la Unión Europea sobre el tema; y tercero, porque aunque la Unión Europea esté evaluando el impacto del GloBE para su propia competitividad, ya lo ha implementado, algo especialmente relevante considerando que en Uruguay operan cientos de multinacionales con matriz en Europa.

Finalmente, Loaiza Keel revisitó su histórica posición en la materia, acudiendo a la teoría conocida en las RRII como “realismo periférico”, según la cual los países con menor poder de negociación como Uruguay deben ser prudentes al decidir si cooperan o no en este tipo de procesos, pues la negativa puede ocasionar perjuicios mayores a una colaboración inteligente, “que puede representar de hecho una oportunidad”.
Celebró también que en los hechos esta aproximación se ha instaurado como política de Estado, pues desde 2009 gobiernos de distinto signo político han implementado reformas para converger con estándares fiscales internacionales, tanto sean definidos por la OCDE como por la UE.
El Impuesto Mínimo Globlal (GloBE) o Pilar Dos
A continuación, el anfitrión dio la palabra a Leopoldo Parada, quien siguiendo su trabajo académico en la materia, sostuvo que la premisa del Pilar Dos de eliminar la competencia fiscal de manera comprehensiva, forzando a los países en desarrollo a competir incluso fuera del ámbito fiscal so pena de generar ‘mayores’ ingresos es más que dudosa. El llamado “Pilar Dos” establece que las empresas multinacionales con facturaciones anuales superiores a 750 millones de euros deben pagar una Tasa Impositiva Efectiva del 15%, como alícuota mínima del impuesto a la renta empresarial.
En particular, debido a que si bien el IMG puede generar ingresos fiscales extra en ciertos países, el resultado final dependerá de dos factores económicos clave: las elasticidades de inversión en las distintas industrias locales, como asimismo las ventajas comparativas que Uruguay tenga en relación a los países vecinos en la región.
No obstante, Parada también sostuvo que esta puede ser una buena oportunidad para varios países en la región, ya que el IMG no es el fin del juego, pero que sí significa una nueva partida con reglas distintas, y que esto implica cierta capacidad de adaptación y de innovación.
A su turno, Romano repasó los aspectos principales en torno al GloBE y recordó que hablar del IMG es “extremadamente complejo” y luego se detuvo en el impacto de este en Uruguay, repasando las alternativas posibles que un país como Uruguay podría implementar, como por ejemplo un impuesto doméstico calificado (QDMTT) o un sistema de créditos fiscales reembolsables también calificados (QRTC), según la propia normativa GloBE.
Concluyó que, “si tenemos una experiencia exitosa de aplicación de un régimen que funcione y sea bien calificado, puede darnos oportunidad”.