Presentación del Observatorio de Contratación Pública de la UM

El lanzamiento se realizó en el marco de una jornada de Derecho administrativo y contó con la participación de más de 150 oyentes virtuales
Presentación del Observatorio de Contratación Pública de la UM

La Facultad de Derecho (FDER) de la UM organizó una jornada online sobre procedimiento administrativo en el marco del lanzamiento del Observatorio de Contratación Pública (OCP) de la UM, un espacio de encuentro e intercambio plural y abierto de conocimientos y experiencias de expertos, profesionales y académicos de los sectores público y privado, dedicados a los diferentes aspectos de la contratación pública nacional e internacional.  

La apertura de la actividad, que contó con la participación de más de 150 oyentes virtuales, estuvo a cargo del Dr. Miguel Casanova, decano de la FDER, quien dijo que con esta jornada la FDER se planteó dos objetivos: brindar una serie de conferencias sobre el procedimiento administrativo en el marco de treinta años del Decreto 500, del año 1991, y presentar públicamente el Observatorio de Contratación Pública.   

A continuación, el Dr. Carlos E. Delpiazzo, director del OPC, expuso acerca de la codificación del procedimiento administrativo. “Cuando se estudian los caracteres del Derecho administrativo es habitual señalar que se trata de un Derecho en permanente mutación, como consecuencia de los cambios que experimenta la administración en su organización y su funcionamiento, procurando responder a los requerimientos sociales de cada momento”, señaló el Dr. Delpiazzo.

“Esto explica por qué el Derecho administrativo no es un Derecho codificado. El inmovilismo propio de una codificación es incompatible con esta mutabilidad y con la permanente formación del Derecho administrativo como Derecho no acabado”, continuó. Cuando se estudia a nivel del Derecho comparado, dijo el Dr. Delpiazzo, se ve que algunas áreas del Derecho administrativo sí han sido objeto de codificación: “Muchas veces esa codificación es una clave para el desarrollo del Estado de Derecho. El establecer formas de actuación origina cambios de actitud, cambios de forma y métodos de actuar de la administración; esto contribuye ciertamente a la calidad del Estado de Derecho […] Una originalidad del Derecho uruguayo es que la codificación del procedimiento administrativo no se ha concretado por la vía de la Ley, sino por vía reglamentaria”. A su vez, el experto destacó que existe una importancia de la codificación desde una perspectiva histórica y científica. 

La presentación del régimen de las medidas cautelares y provisionales dictadas en vía administrativa estuvo a cargo de la Dra. Natalia Veloso Giribaldi, secretaria ejecutiva del OCP. La exponente presentó un estado de situación de las medidas cautelares en el procedimiento administrativo.

 “El Decreto 500 tiene una gran amplitud y prevé una gran variedad de medidas cautelares y provisionales [...] Vemos que esta amplitud no se corresponde con su aplicación práctica, se ve un aumento de la contingencia de daño del proceso administrativo y que se plantean medidas cautelares y provisionales como instrumento para la tutela administrativa efectiva”, sostuvo la Dra. Veloso entre sus principales conclusiones del diagnóstico.

 “Hoy, todos los administrados sabemos que de un procedimiento administrativo se pueden derivar contingencias sumamente graves para el administrado”, agregó. Luego, planteó una serie de problemas y cuestionamientos que ha generado la utilización de este tipo de instrumentos: La potestad cautelar ¿es privada de la función jurisdiccional?, ¿es de principio o requiere ley?, ¿son aplicables los elementos de las medidas cautelares y provisionales?, ¿cómo se armonizan los principios del procedimiento administrativo con la potestad cautelar?  

Continuó la exposición en la jornada de FDER el Dr. Felipe Rotondo, quien se refirió a la información pública y privada en la sustanciación del procedimiento administrativo. “Este tema es de gran relevancia […] la efectividad va un paso más que las normas, depende de la administración. El Derecho supone valores, normas y la realidad, la efectividad. Depende de que esos valores impregnen a la conducta de las personas”, sostuvo el Dr. Rotondo en su ponencia.  

Luego, el Dr. Miguel Pezzutti informó acerca del acto administrativo en el Decreto 500 del año 1991: “En el Decreto 500 no hay lugar para el acto ficto, ya que no hay manifestación de voluntad. Desde la perspectiva funcional, está la posibilidad de acceder a la tutela jurisdiccional a partir de la atribución de unos efectos asimilables a un acto, a un hecho jurídico, que es el silencio. El acto ficto es la no realidad que hemos construido para acceder y tiene una funcionalidad específica”.  

Por su parte, el Dr. José Luis Echevarría explicó sobre el cómputo del plazo para recurrir en este Decreto. En su ponencia técnica, el Dr. Echevarría destacó la importancia de encuentros como esta jornada de la FDER: “El tener la oportunidad de reflexionar sobre este tipo de temas nos permite mirar los procesos y no los sucesos; además, ver tendencias y conceptualizarlas”. 

Presentación del Observatorio de Contratación Pública de la UM 

La Dra. Silvana Nessar fue la encargada de presentar el Observatorio de Contratación Pública de la UM, en su rol de coordinadora general del mismo. El OCP tiene como objetivo contribuir en forma dinámica y moderna al progreso y puesta en valor de la contratación pública, como instrumento virtuoso para el eficaz cumplimiento de las políticas públicas, que coadyuve al desarrollo de los mercados de bienes, obras y servicios. Al mismo tiempo, pretende contribuir al mejor entendimiento por parte de la sociedad toda de esta compleja y sensible temática.  

“Esperamos que este observatorio contribuya y se transforme en una herramienta para que, en materia de contratación pública, el Estado y la sociedad civil estén dispuestos a poner todos los medios necesarios para que el fin deseado se logre en las mejores condiciones, y poder lograr una verdadera administración concertada. El Estado y la administración necesitan de los particulares para cumplir sus cometidos, y éstos tienen en la contratación una buena oportunidad de colaborar y obtener justos beneficios”, sostuvo la Dra. Silvana Nessar.  

El OCP de la FDER-UM integra una red internacional que incluye a la Universidad Austral (Argentina), la Universidad de Zaragoza (España), la Universidad A Coruña (España) y la Universitá Degli Studi Di Trento (Italia), entre otras instituciones de Iberoamérica.   

El Dr. Jorge Muratorio se refirió a la importancia de los observatorios, que buscan ser compañeros en el camino, para encontrar las certezas en el Derecho:

 [se trata de] un lugar de encuentro de las voluntades, para las mejoras en los encuentros, y para devolverles a los contratos públicos la dignidad que tienen que tener como institutos de nuestro Derecho administrativo, y a las personas que trabajan en esos contratos”, dijo.  

“Este observatorio es la primera experiencia de la UM en la utilización de esta herramienta, que sin duda va a ser iniciativa para que se proyecten otros observatorios. No puedo dejar de pensar que este observatorio sería una iniciativa que nuestro querido profesor Dr. Mariano Brito vería con mucho beneplácito, siempre preocupado porque la academia colaborara con el Estado, para que el Estado y la administración pudieran servir cada vez mejor. Sin duda, el observatorio será una herramienta con la que podremos llevar esta idea a la práctica”, concluyó la Dra. Nessar. 

Presentación del Observatorio de Contratación Pública de la UM